En el Derecho Positivo Labora en España hay pocas referencias a la problemática del Absentismo Laboral, y en todo caso el tratamiento que se le da es fundamentalmente punitivo y tendente a la eliminación coactiva del hecho fraudulento que supone, el absentismo no justificado.


El Absentismo Laboral es legislado en el Estatuto de los trabajadores del 8 de marzo de 1980, y en el Estatuto Básico del Empleado Público de 13 de abril de 2007.